La ley nos ampara

AFEDIV, pretende defender y restaurar la identidad Valenciana en todos los contextos, social, lingüístico, cultural…, siendo conscientes de las constantes intromisiones para tergiversar dicha realidad, en algunas ocasiones legislativas y en otras con hechos fructuosos.

Sin embargo, salvo cambio legislativo hasta la fecha, contamos con amparo jurídico que no debemos olvidar, pues en muchas ocasiones y ante el reiterado adoctrinamiento y manipulación a la que estamos sometidos, damos por verídicas realidades que no lo son.

A parte de toda la historia documentada que se podrá encontrar y a la que se tendrá acceso en AFEDIV, simplemente nos gustaría indicar a continuación un breve resumen de algunas normas que protegen la identidad Valenciana a la que nos referimos.

Ya el Preámbulo de la Constitución Española de 1978, se dispone que la Nación española, proclama su voluntad de: Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.

En el artículo 3 de la Constitución Española, se indica que la riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección, a la vez que establece que el castellano es la lengua española oficial del Estado y que todos los españoles tienen el deber de conocerlo y el derecho a usarla.

La Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, dispone;

En su artículo 1:

    1. El pueblo valenciano, históricamente organizado como Reino de Valencia, se constituye en Comunidad Autónoma, dentro de la unidad de la Nación española, como expresión de su identidad diferenciada como nacionalidad histórica y en el ejercicio del derecho de autogobierno que la Constitución Española reconoce a toda nacionalidad, con la denominación de Comunitat Valenciana.
    2. La Comunitat Valenciana es la expresión de la voluntad democrática y del derecho de autogobierno del pueblo valenciano y se rige por el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

En su artículo 4:

    1. La Bandera de la Comunitat Valenciana es la tradicional Senyera compuesta por cuatro barras rojas sobre fondo amarillo, coronadas sobre franja azul junto al asta.

En su artículo 6:

    1. La lengua propia de la Comunitat Valenciana es el valenciano.
    2. El idioma valenciano es el oficial en la Comunitat Valenciana, al igual que lo es el castellano, que es el idioma oficial del Estado. Todos tienen derecho a conocerlos y a usarlos y a recibir la enseñanza del, y en, idioma valenciano.
    3. Nadie podrá ser discriminado por razón de su lengua.

 

Cabe asimismo destacar:

Informe del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, sobre las recomendaciones de acción inmediata del Consejo de Europa en su resolución de 11 de diciembre de 2019 en relación a la aplicación de la Carta Europea de lenguas regionales y minoritarias por el Reino de España:

    • Las lenguas cooficiales son aquellas que se reconocen como tales en los Estatutos de Autonomía, y lo son en los respectivos territorios: Valenciano en la Comunidad Valenciana (art. 6.1. del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por la LO 5/1982, de 1 de julio).

Ley 4/1983, de 23 de febrero, de uso y enseñanza del Valenciano, es destacable en algunos artículos:

    • Artículo 2. El valenciano es lengua propia de la Comunidad Valenciana
    • Artículo 4. En ningún caso se podrá seguir discriminación por el hecho de emplear cualesquiera de las dos lenguas oficiales.
    • Artículo 5. La Administración adoptará cuantas medidas sean precisas para impedir la discriminación de ciudadanos o actividades por el hecho de emplear cualesquiera de las dos lenguas oficiales, así como para garantizar el uso normal, la promoción y el conocimiento del valenciano.
    • Artículo 6. Los ciudadanos tienen el derecho a obtener de los Jueces y Tribunales protección del derecho a emplear su lengua, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente.